Colombia
En 2011 se promulgó la Ley de Seguridad Ciudadana que reforma el Código Penal y elimina la excepción de no castigar el delito de porte de estupefacientes en cantidades de dosis personal. Pero, y a pesar de la oposición de la Procuraduría General de la Nación, se mantuvo el fallo de no sancionar el porte de dosis mínimas. Una vez más, la Corte Constitucional, mediante la sentencia C-491 de 2012, aclaró que la dosis personal se mantiene despenalizada y que el consumo de drogas sigue entendiéndose como una actividad amparada por el derecho al libre desarrollo de la personalidad.