Uruguay
La legislación vigente en Uruguay es la Ley 14.294 de 31 de octubre de 1974, modificada por la Ley 17.016 de 1998, y por la Ley 19.172 de diciembre de 2013. El artículo 2 de esta última ley establece que,“Sin perjuicio de lo dispuesto por el Decreto-Ley No. 14.294… el Estado asumirá el control de la regulación de las actividades de importación, exportación, plantación, cultivo, cosecha, producción, adquisición a cualquier título, almacenamiento, comercialización y distribución de cannabis y sus derivados, o cáñamo cuando correspondiere, a través de las instituciones a las cuales otorgue mandato legal…”. A excepción del cannabis que cuenta ahora con su propia reglamentación, la ley permite el consumo de cualquier sustancia pero penaliza la posesión no destinada al consumo, y no establece un mecanismo legal para la obtención de las sustancias, ni establece cantidades máximas para uso personal las cuales se dejan a la discreción del juez.
La nueva ley para la regulación del cannabis Ley 19.172 de 2013 modifica el artículo 3 de la Ley 14.294 de 1974 en lo relacionado con la plantación, cultivo, cosecha, y comercialización del cannabis.“Tratándose específicamente de cannabis, las plantaciones o cultivos deberán ser autorizados previamente por el Instituto de Regulación y Control de Cannabis (IRCCA)”.Leer aquí el texto completo del Título III Del Cannabis de la Ley 19.172 que modifica la normativa de estupefacientes.
La nueva ley para la regulación del cannabis Ley 19.172 de 2013 modifica el artículo 3 de la Ley 14.294 de 1974 en lo relacionado con la plantación, cultivo, cosecha, y comercialización del cannabis.“Tratándose específicamente de cannabis, las plantaciones o cultivos deberán ser autorizados previamente por el Instituto de Regulación y Control de Cannabis (IRCCA)”.Leer aquí el texto completo del Título III Del Cannabis de la Ley 19.172 que modifica la normativa de estupefacientes.