Penalización de la exposición al y de la transmisión del VIH genera más daños que beneficios
PRONUNCIAMIENTO
Buenos Aires, Argentina, 23 de octubre 2015 - No hay datos que indiquen que por medio de la aplicación de la legislación penal a la exposición al VIH o a la transmisión del mismo se consiga la justicia penal o se prevenga la transmisión del virus. De hecho, la evidencia sugiere que la criminalización de la no revelación del estatus serológico, de la exposición potencial y de la transmisión no intencional está generando más daños que beneficios en términos de impacto en la salud pública y de los Derechos Humanos.
El ONUSIDA insta a los gobiernos a eliminar la penalización de la transmisión del y exposición al VIH. La penalización de la transmisión del VIH sólo se justifica cuando una persona deliberadamente o maliciosamente transmita el VIH a otra persona con la intención de perjudicarla. En esos limitados casos, las leyes penales pueden y deben ser utilizadas, en vez de aprobarse leyes específicas de VIH.
La mayoría de las personas que transmiten el VIH lo hacen ya sea sin saber que están infectadas o que están transmitiéndolo, o porque tienen miedo a que revelar su estatus con respecto al VIH generará discriminación, rechazo o violencia. La extensión de la aplicación de las leyes penales a los casos donde las personas sean "negligentes" o "descuidadas" pero que no actúen con el propósito de dañar a otras personas, sería una mala política pública. En ese escenario, la ley se aplicaría potencialmente a tantos casos y los alegatos serían tan difíciles de comprobar que podría dar como resultado muchas consecuencias negativas no deseadas. A menudo es difícil establecer quién transmite el VIH a quién y tal vez dependa sólo de un testimonio. Por lo tanto, las personas acusadas de transmisión del VIH pueden ser declaradas culpables por error.
Se ha comprobado que el tratamiento antirretroviral en personas que viven con VIH puede reducir su carga viral a niveles indetectables, reduciendo también en un 96% su posibilidad de transmitir el virus. El tratamiento también es prevención. América Latina es una de las regiones con mayor cobertura del tratamiento del VIH en el mundo. Hoy en día las parejas serodiscordantes – o sea en la cual una persona tiene VIH y otra no – tienen más herramientas para prevenir el VIH, incluyendo el uso del condón, tratamiento como antirretroviral, y la profilaxis pos-exposición.
Aplicar el derecho penal más allá de los casos de transmisión intencionada en realidad podría socavar esfuerzos eficaces en materia de prevención del VIH de las siguientes maneras:
• Podría disuadir a las personas de hacerse la prueba del VIH, ya que ignorar el propio estado serológico se percibiría como la mejor defensa en un proceso penal.
• Pondría la responsabilidad jurídica de la prevención del VIH exclusivamente en aquellas personas que ya viven con el VIH y diluiría el mensaje de salud pública de que las parejas sexuales tienen responsabilidad compartida sobre la salud sexual.
• Las personas podrían suponer (equivocadamente) que el estatus serológico de sus parejas es negativo y por lo tanto no tomar medidas de protección.
La aplicación inadecuada del derecho penal a la exposición al VIH o a la transmisión del mismo además crea un riesgo real de aumentar el estigma y la discriminación hacía las personas que viven con el VIH y de alejarlas aún más de los servicios de prevención, tratamiento, atención y apoyo relacionados con el VIH.
Las leyes que penalizan la exposición al y la transmisión del VIH ignoran los verdaderos desafíos de la prevención del VIH. El enfoque en las leyes penales da como resultado una menor atención a las medidas que verdaderamente marcan la diferencia en prevenir la transmisión del VIH, como por ejemplo: la educación integral y apropiada acorde a las respectivas edades sobre el VIH y sida y sobre la sexualidad para personas jóvenes; la integración de los servicios de prevención del VIH con los de la salud sexual y reproductiva; mejor acceso a los servicios de pruebas y consejería voluntaria, tratamiento y apoyo; mejor acceso a los condones masculinos y femeninos; mejores programas de prevención positiva; y programas de reducción de estigma y discriminación relacionada con el VIH.
ONUSIDA recomienda incrementar los esfuerzos, recursos y estrategias dirigidas a la prevención, atención y tratamiento del VIH, así como a disminuir el estigma y la discriminación hacia las personas más afectadas.
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Enlaces relacionados
http://www.unaids.org/sites/default/files/en/media/unaids/contentassets/dataimport/pub/manual/2008/jc1601_policy_brief_criminalization_long_es.pdf
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